¿por qué es relevante esta reforma?

Con fecha 8 de septiembre de 2025, el Ejecutivo Federal presentó al Congreso de la Unión la iniciativa de reforma a la Ley Federal de Derechos, como parte del Paquete Económico 2026. Esta ley, clave para la política fiscal del país, regula las cuotas que los ciudadanos pagan por servicios estatales y por el uso de bienes del dominio público. La reforma busca no solo actualizar esas cuotas, sino también armonizarlas con leyes sectoriales vigentes y reforzar los ingresos destinados a diversos órganos y programas estatales.

Cambios propuestos: lo que debes saber

Servicios migratorios

  • Artículo 8º: Incrementos significativos:
    • Visitante sin permiso remunerado: $983 (+14.2%)
    • Residente temporal: entre $11,140 y $25,057 (+100%)
    • Residente permanente: $13,578.96 (+100%)
      Además, se contempla un descuento del 50% en casos de unidad familiar, oferta de empleo o invitaciones institucionales.
  • Artículo 13: Se introducen nuevas fracciones:
    • VI. Autorización para visitas a embarcaciones de altura: $297.89
    • VII. Formato de autorización de salida de menores: $294.01
  • Artículo 14‑A: Cobro para servicios extraordinarios en vuelos no regulares ($2,707), excluyendo únicamente aeronaves de protección civil, humanitarias y ambulancias aéreas.

Servicios financieros y bursátiles

  • Artículos 29-A, 29-B, 29-F: Se crean reglas especiales para emisoras simplificadas:
    • Exención en inscripción simplificada
    • Cálculo proporcional de derechos (factor 0.27 por millar; tope de $1.39 millones)
    • Exención de cuotas de supervisión por la CNBV
  • Artículo 29‑E: Se sustituye “Futuros y Opciones” por “Contratos de Derivados”, alineando la terminología con estándares modernos.

Marbetes y precintos

  • Artículos 53‑K y 53‑L: El 50% de lo recaudado se destinará al SAT, fortaleciendo capacidades de impresión y control de autenticidad de marbetes y precintos.

Reestructura institucional

  • Se derogan los artículos 77 y 77‑A, vinculados a la COFECE, por su reemplazo con la Comisión Nacional Antimonopolio.
  • El Capítulo IX se renombra como “De la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones”, adaptándose a la nueva estructura en telecomunicaciones.

Servicios fitosanitarios y zoosanitarios

  • Artículo 86‑A: Se fijan nuevas cuotas:
    • Certificado fitosanitario internacional: $899.69
    • Certificado zoosanitario para exportación: $899.69
  • Estas actualizaciones buscan que los cobros reflejen los costos reales de prestación del servicio.

Servicios aeronáuticos y de navegación aérea

  • Se registran aumentos en múltiples ámbitos (Artículos 154 a 161), como:
    • Concesión de aeropuertos: $63,115.53
    • Verificación mayor: $11,587.24
    • Inspección aérea: $211,618.18 por hora de vuelo
  • Certificados, matrículas y producción aérea también presentan incrementos importantes.
  • Se exentan de pago las verificaciones entre SENEAM y AFAC, al pertenecer al mismo sector.

Telecomunicaciones y radiodifusión

  • La reforma armoniza la LFD con la nueva «Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión».
  • Se derogan concesiones de radioaficionados y pruebas técnicas, reemplazándolas por autorizaciones.
  • Artículo 239: Descuentos en derechos de uso de espectro, condicionados a cobertura en zonas prioritarias.
  • Artículo 240: Se introducen las redes de radiocomunicaciones inteligentes.
  • Se reconocen exenciones de pago para concesionarios sociales comunitarios, indígenas y afromexicanos.
  • Artículo 244‑K aclara que el pago por espectro es independiente de cualquier contraprestación por concesión.

Derechos de autor

  • Artículo 184: Se deroga el cobro por procedimientos de avenencia, reconociendo la gratuidad según la nueva Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.
  • El 100% de ingresos por derechos se destinarán al INDAUTOR.

Agua y medio ambiente

  • Se deroga el Artículo 192‑B y la exención del artículo 224, impidiendo que los certificados de calidad del agua sean motivo de exención.
  • Artículo 231‑A: Recursos no acreditados se convertirán en créditos fiscales exigibles vía SAT.
  • Artículo 282: Se ajustan los límites de contaminantes conforme a la NOM‑001‑SEMARNAT‑2021.

Zona Federal Marítimo Terrestre

  • Artículo 232‑D: Se incluyen los municipios de Eldorado y Juan José Ríos (Sinaloa), y se actualiza Solidaridad a Playa del Carmen.

Cultura y patrimonio

  • Artículo 288: Nuevas cuotas para zonas arqueológicas y museos (categorías I‑IV). La categoría IV incluye sitios emblemáticos como Chichén Itzá, Uxmal y Dzibilchaltún.
    • Descuentos: 50% para nacionales y residentes en categoría I; 45% en categorías II y III.
  • Artículo 288‑A‑1: Acceso gratuito al Museo Nacional de Arquitectura (Palacio de Bellas Artes).

Disposiciones transitorias

  • Entrada en vigor general: 1 de enero de 2026.
  • Telecomunicaciones: hasta integrar el Pleno de la Comisión Reguladora.
  • Competencia: hasta formar el Pleno de la Comisión Nacional Antimonopolio.
  • Cuotas de espectro radioeléctrico móvil: sin actualización en 2026.

Conclusión: ¿qué implicaciones trae esta reforma?

Esta propuesta de reforma es ambiciosa y transversal. Supone ajustes sustanciales en múltiples sectores —desde migración hasta cultura, medio ambiente, aeronáutica y telecomunicaciones— para modernizar la recaudación, optimizar el uso de recursos y cumplir con la política fiscal del próximo año. Representa una oportunidad para fortalecer la eficacia administrativa y para que los contribuyentes conozcan claramente el origen y destino de los recursos recaudados.


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