¿por qué es relevante esta reforma?
Con fecha 8 de septiembre de 2025, el Ejecutivo Federal presentó al Congreso de la Unión la iniciativa de reforma a la Ley Federal de Derechos, como parte del Paquete Económico 2026. Esta ley, clave para la política fiscal del país, regula las cuotas que los ciudadanos pagan por servicios estatales y por el uso de bienes del dominio público. La reforma busca no solo actualizar esas cuotas, sino también armonizarlas con leyes sectoriales vigentes y reforzar los ingresos destinados a diversos órganos y programas estatales.
Cambios propuestos: lo que debes saber
Servicios migratorios
- Artículo 8º: Incrementos significativos:
- Visitante sin permiso remunerado: $983 (+14.2%)
- Residente temporal: entre $11,140 y $25,057 (+100%)
- Residente permanente: $13,578.96 (+100%)
Además, se contempla un descuento del 50% en casos de unidad familiar, oferta de empleo o invitaciones institucionales.
- Artículo 13: Se introducen nuevas fracciones:
- VI. Autorización para visitas a embarcaciones de altura: $297.89
- VII. Formato de autorización de salida de menores: $294.01
- Artículo 14‑A: Cobro para servicios extraordinarios en vuelos no regulares ($2,707), excluyendo únicamente aeronaves de protección civil, humanitarias y ambulancias aéreas.
Servicios financieros y bursátiles
- Artículos 29-A, 29-B, 29-F: Se crean reglas especiales para emisoras simplificadas:
- Exención en inscripción simplificada
- Cálculo proporcional de derechos (factor 0.27 por millar; tope de $1.39 millones)
- Exención de cuotas de supervisión por la CNBV
- Artículo 29‑E: Se sustituye “Futuros y Opciones” por “Contratos de Derivados”, alineando la terminología con estándares modernos.
Marbetes y precintos
- Artículos 53‑K y 53‑L: El 50% de lo recaudado se destinará al SAT, fortaleciendo capacidades de impresión y control de autenticidad de marbetes y precintos.
Reestructura institucional
- Se derogan los artículos 77 y 77‑A, vinculados a la COFECE, por su reemplazo con la Comisión Nacional Antimonopolio.
- El Capítulo IX se renombra como “De la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones”, adaptándose a la nueva estructura en telecomunicaciones.
Servicios fitosanitarios y zoosanitarios
- Artículo 86‑A: Se fijan nuevas cuotas:
- Certificado fitosanitario internacional: $899.69
- Certificado zoosanitario para exportación: $899.69
- Estas actualizaciones buscan que los cobros reflejen los costos reales de prestación del servicio.
Servicios aeronáuticos y de navegación aérea
- Se registran aumentos en múltiples ámbitos (Artículos 154 a 161), como:
- Concesión de aeropuertos: $63,115.53
- Verificación mayor: $11,587.24
- Inspección aérea: $211,618.18 por hora de vuelo
- Certificados, matrículas y producción aérea también presentan incrementos importantes.
- Se exentan de pago las verificaciones entre SENEAM y AFAC, al pertenecer al mismo sector.
Telecomunicaciones y radiodifusión
- La reforma armoniza la LFD con la nueva «Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión».
- Se derogan concesiones de radioaficionados y pruebas técnicas, reemplazándolas por autorizaciones.
- Artículo 239: Descuentos en derechos de uso de espectro, condicionados a cobertura en zonas prioritarias.
- Artículo 240: Se introducen las redes de radiocomunicaciones inteligentes.
- Se reconocen exenciones de pago para concesionarios sociales comunitarios, indígenas y afromexicanos.
- Artículo 244‑K aclara que el pago por espectro es independiente de cualquier contraprestación por concesión.
Derechos de autor
- Artículo 184: Se deroga el cobro por procedimientos de avenencia, reconociendo la gratuidad según la nueva Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.
- El 100% de ingresos por derechos se destinarán al INDAUTOR.
Agua y medio ambiente
- Se deroga el Artículo 192‑B y la exención del artículo 224, impidiendo que los certificados de calidad del agua sean motivo de exención.
- Artículo 231‑A: Recursos no acreditados se convertirán en créditos fiscales exigibles vía SAT.
- Artículo 282: Se ajustan los límites de contaminantes conforme a la NOM‑001‑SEMARNAT‑2021.
Zona Federal Marítimo Terrestre
- Artículo 232‑D: Se incluyen los municipios de Eldorado y Juan José Ríos (Sinaloa), y se actualiza Solidaridad a Playa del Carmen.
Cultura y patrimonio
- Artículo 288: Nuevas cuotas para zonas arqueológicas y museos (categorías I‑IV). La categoría IV incluye sitios emblemáticos como Chichén Itzá, Uxmal y Dzibilchaltún.
- Descuentos: 50% para nacionales y residentes en categoría I; 45% en categorías II y III.
- Artículo 288‑A‑1: Acceso gratuito al Museo Nacional de Arquitectura (Palacio de Bellas Artes).
Disposiciones transitorias
- Entrada en vigor general: 1 de enero de 2026.
- Telecomunicaciones: hasta integrar el Pleno de la Comisión Reguladora.
- Competencia: hasta formar el Pleno de la Comisión Nacional Antimonopolio.
- Cuotas de espectro radioeléctrico móvil: sin actualización en 2026.
Conclusión: ¿qué implicaciones trae esta reforma?
Esta propuesta de reforma es ambiciosa y transversal. Supone ajustes sustanciales en múltiples sectores —desde migración hasta cultura, medio ambiente, aeronáutica y telecomunicaciones— para modernizar la recaudación, optimizar el uso de recursos y cumplir con la política fiscal del próximo año. Representa una oportunidad para fortalecer la eficacia administrativa y para que los contribuyentes conozcan claramente el origen y destino de los recursos recaudados.
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