La devolución de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado (IVA) continúa siendo uno de los procedimientos fiscales más sensibles para los contribuyentes en México. Aunque el marco normativo reconoce el derecho a recuperar impuestos pagados en exceso, en la práctica el proceso suele verse acompañado de requerimientos de información que incrementan de manera significativa las cargas administrativas y los tiempos de resolución.

Durante la cuarta reunión 2025 con las coordinaciones nacionales de síndicos del contribuyente, se planteó formalmente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) una preocupación recurrente: la amplitud y profundidad de los requerimientos de información adicional formulados por las Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal en los trámites de devolución de IVA.

Este planteamiento pone de relieve una tensión estructural entre el ejercicio de las facultades de verificación de la autoridad y la expectativa legítima de los contribuyentes de que la digitalización fiscal reduzca cargas operativas.


Contexto del planteamiento realizado por los síndicos del contribuyente

El origen del planteamiento se encuentra en múltiples manifestaciones de contribuyentes que, al solicitar la devolución de saldos a favor de IVA, han enfrentado requerimientos extensos de información, aun cuando la autoridad ya cuenta en sus sistemas con:

  • Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
  • Declaraciones mensuales y anuales presentadas.
  • Contabilidad electrónica enviada conforme a las disposiciones vigentes.

Desde la óptica de los contribuyentes, la reiteración de solicitudes documentales sobre información previamente reportada genera una percepción de duplicidad y de uso limitado de las herramientas digitales disponibles para la fiscalización.


Naturaleza de los requerimientos cuestionados

De acuerdo con los casos expuestos por los síndicos del contribuyente, los requerimientos formulados por la autoridad han consistido, principalmente, en solicitar al contribuyente que:

  • Identifique y señale los cheques o transferencias que amparen las erogaciones realizadas.
  • Relacione dichas formas de pago con aproximadamente el 70 % de sus principales proveedores.
  • Acredite, con base en lo anterior, el IVA acreditable que integra el saldo a favor solicitado.

Si bien se reconoce que la autoridad fiscal cuenta con facultades legales para verificar la procedencia de las devoluciones, se advirtió que este tipo de requerimientos:

  • Representa una carga administrativa significativa.
  • Resulta especialmente compleja de atender para contribuyentes con:
    • Alto volumen de operaciones.
    • Montos de devolución moderados, donde el costo administrativo puede ser desproporcionado.
  • Puede provocar retrasos operativos y financieros en la obtención de los saldos a favor.

Propuesta planteada al SAT

En el marco de la reunión, los síndicos del contribuyente propusieron al SAT una revisión integral de los criterios aplicados en los procedimientos de devolución, con énfasis en:

  • La armonización de criterios en los requerimientos de información.
  • Un uso más intensivo y eficiente de la información digital ya disponible en los sistemas institucionales.
  • La optimización de los tiempos de resolución de las devoluciones.
  • La reducción de cargas administrativas innecesarias para los contribuyentes.

El planteamiento parte del supuesto de que el SAT cuenta actualmente con una base de información digital robusta y estructurada, por lo que la reiteración de requerimientos documentales podría resultar redundante en determinados supuestos.


Respuesta institucional del SAT

En su respuesta, la autoridad fiscal precisó que los requerimientos señalados no obedecen a criterios generalizados, sino a situaciones específicas detectadas durante el análisis de cada solicitud de devolución.

1. Supuestos que motivan los requerimientos

El SAT señaló que este tipo de solicitudes de información adicional se formulan cuando, entre otros supuestos:

  • Se detecta que algunos proveedores no enteran el IVA correspondiente.
  • Existen proveedores con inconsistencias, tales como:
    • Estatus de cancelación.
    • Suspensión de actividades.
    • Condición de no localizados.
    • Otras irregularidades fiscales relevantes.

En estos escenarios, la autoridad considera necesario solicitar información relativa a un porcentaje significativo de las operaciones con proveedores, así como la forma de pago, para verificar la procedencia de las operaciones que integran el saldo a favor.


2. Solicitud de información que ya obra en sistemas institucionales

La autoridad reconoció que, en ciertos casos, se solicita información que ya se encuentra en sus sistemas, como los CFDI. No obstante, aclaró que ello ocurre cuando:

  • Se identifican operaciones específicas.
  • Dichas operaciones se vinculan con posibles planeaciones fiscales agresivas o simuladas.
  • Por su naturaleza, se requiere información adicional para validar la materialidad y sustancia económica, aun cuando exista información digital previa.

3. Fundamento legal invocado

El SAT sustentó su actuación en la facultad prevista en el Artículo 22, séptimo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, el cual establece la posibilidad de requerir información y documentación para verificar la procedencia de los saldos a favor.

De acuerdo con la autoridad, esta facultad:

  • Tiene carácter reglado, no discrecional.
  • Forma parte del procedimiento legal ordinario de devolución.
  • No se basa en parámetros selectivos generales, sino en las particularidades de cada caso.

En ese contexto, se considera procedente solicitar documentos como:

  • Estados de cuenta bancarios.
  • Comprobantes de pago.
  • Información adicional para validar la forma de pago y la materialidad de las operaciones.

4. Postura institucional

El SAT concluyó que:

  • Los requerimientos responden a su obligación legal de verificar la procedencia de las devoluciones.
  • La solicitud de información adicional no vulnera el derecho del contribuyente a obtener la devolución.
  • Forma parte del proceso necesario para confirmar la procedencia del saldo a favor solicitado.

Análisis del planteamiento y de la respuesta de la autoridad

El intercambio sostenido en la cuarta reunión 2025 refleja una tensión estructural en el sistema de devoluciones de IVA. Por un lado, la necesidad de la autoridad de ejercer controles efectivos para prevenir devoluciones improcedentes; por otro, la expectativa de los contribuyentes de que la fiscalización digital reduzca cargas administrativas.

Desde el punto de vista normativo, la facultad de verificación prevista en el Artículo 22 del CFF es clara y forma parte del diseño legal del procedimiento. Sin embargo, desde una perspectiva operativa y administrativa, el ecosistema fiscal mexicano ha evolucionado hacia un modelo de fiscalización digital, en el que el SAT dispone de:

  • CFDI de ingresos y egresos.
  • Complementos de pago.
  • Declaraciones informativas.
  • Contabilidad electrónica.

En este contexto, los requerimientos masivos de información adicional pueden traducirse en:

  • Duplicidad de información.
  • Incremento de costos administrativos.
  • Retrasos en los flujos de efectivo de los contribuyentes.

Implicaciones prácticas para los contribuyentes

A partir del planteamiento y la respuesta institucional, se desprenden diversas implicaciones prácticas:

  • Las devoluciones de IVA continuarán sujetas a esquemas de verificación intensiva cuando se detecten inconsistencias en la cadena de proveedores.
  • La sola existencia de CFDI y declaraciones no garantiza, por sí misma, la devolución automática del saldo a favor.
  • Los contribuyentes deberán mantener expedientes documentales sólidos que acrediten:
    • La materialidad de las operaciones.
    • La forma de pago.
    • La trazabilidad de las erogaciones relacionadas con el IVA acreditable.

En operaciones con proveedores que presenten algún tipo de irregularidad, es previsible que la autoridad requiera información adicional, estados de cuenta y conciliaciones detalladas.


Consideraciones finales

El planteamiento formulado por los síndicos del contribuyente evidencia una preocupación legítima respecto de las cargas administrativas asociadas a los procesos de devolución de IVA. La respuesta del SAT reafirma una postura institucional orientada al control y la verificación de la procedencia de los saldos a favor conforme al marco legal vigente.

El diálogo entre autoridad y contribuyentes en este tipo de reuniones refleja la dinámica permanente entre simplificación administrativa y control fiscal, particularmente en un entorno caracterizado por la digitalización de la información tributaria y el fortalecimiento de los mecanismos de fiscalización preventiva.