¿Qué régimen fiscal se usa para los extranjeros?

¿Qué régimen fiscal se usa para los extranjeros?

Uno de los requisitos del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en su versión 4.0 es que debe indicarse el régimen fiscal del receptor del comprobante; es decir, el régimen fiscal del cliente.

Para cumplir con este requisito es de suma importancia conocer los criterios de validación de este dato.

Parámetros de validación

La matriz de errores del CFDI 4.0, documento que contiene los parámetros de validación de estos documentos, contempla los siguientes criterios de validación:

  • Régimen fiscal del emisor: El régimen fiscal que se registre en este atributo debe corresponder con el tipo de persona del emisor.
  • Régimen fiscal el receptor: El régimen fiscal que se registre en este atributo debe corresponder con el tipo de persona del receptor.

Al referirse a que debe corresponder “con el tipo de persona del receptor” significa que el régimen debe corresponder con el tipo de persona ya sea un régimen de persona física o uno de persona moral.

Esto quiere decir que no se trata de validar que el régimen del receptor sea exactamente aquel en que está registrado, sino que basta que sea uno que corresponda al tipo de persona que es.

Relación con el Uso del CFDI

Ahora bien, esto no quiere decir que se pueda colocar cualquier régimen según el tipo de persona, pues no se debe perder de vista que el campo “Uso del CFDI” (donde se define qué uso tiene ese comprobante) depende del régimen fiscal registrado para el emisor.

Por ejemplo, si en un comprobante se define el “uso del CFDI” como “G03 – Gastos en general”, se tiene que no cualquier régimen de persona física receptora es aceptado para ese uso. El régimen que está excluido prácticamente de cualquier “uso” de tipo “gasto” es el régimen “605 – Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios”; es decir, no será posible emitir un CFDI que tenga como uso ’03 – Gastos en general’ si el régimen del receptor es el de sueldos.

Esto es así porque la propia validación del campo “UsoCFDI” señala que: “La clave del campo UsoCFDI debe corresponder con el tipo de persona (física o moral) y el régimen correspondiente conforme al catálogo c_UsoCFDI”.

En el catálogo c_UsoCFDI se incluye una columna de Régimen Fiscal del Receptor, que indica cuáles son los regímenes permitidos para cada “uso”.

Por esta razón, no se sugiere que los regímenes se utilicen de manera indiscriminada, sino que se busque contar con la información precisa de los clientes, receptores de estos documentos.

Extranjeros

Sabiendo que existe una estrecha relación entre el régimen fiscal del receptor y el uso que se le dará al CFDI, es necesario abordar la duda de cuál régimen fiscal se utiliza cuando el receptor es un extranjero.

Al respecto, se sabe que cuando se factura a un cliente extranjero, se debe utilizar la clave genérica de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) XEXX010101000.

En este sentido, la Guía de Llenado del CFDI 4.0 establece que “cuando se trate de operaciones con residentes en el extranjero y se registre el valor “XEXX010101000” en este campo [régimen fiscal del receptor] se debe registrar la clave ‘616’ Sin obligaciones fiscales”.

Ahora bien, la clave 616 solamente acepta los siguientes usos de CFDI:

  • S01         Sin efectos fiscales
  • CP01      Pagos
Sugerencia

Por lo anterior, es muy importante que en la programación de los sistemas de facturación se contemple el régimen fiscal y el uso de CFDI que se deben utilizar cuando se facture a un cliente extranjero utilizando el RFC genérico.

¿Realmente necesito mi Constancia de Situación Fiscal para emitir un CFDI 4?0?

¿Realmente necesito mi Constancia de Situación Fiscal para emitir un CFDI 4?0?

Uno de los requisitos del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) versión 4.0 es el nombre, código postal y régimen fiscal tanto del emisor como del receptor:

Para el caso del emisor estos datos no representan mayor problema, ya que se refieren a la persona que los expide. El problema se genera con los datos del receptor (que es la persona a favor de quien se expide la factura o recibo) y que deben ser validados contra los registrados en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Como una práctica para asegurarse de los datos correctos del receptor, se ha popularizado el solicitar la Constancia de Situación Fiscal (CSF) de la persona, que es el documento en donde constan los datos tal como están registrados en el RFC, de forma que no pueda haber lugar a dudas de que esos son los datos correctos.

Esto, sin embargo, ha generado caos y saturación de los sistemas y oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) por los millones de contribuyentes que buscan obtener este documento y no tener problemas para recibir sus facturas o recibos de nóminas.

No es realmente necesario este documento o bien, tampoco es la única fuente confiable de información para la emisión del CFDI.

No es obligatorio contar con la CSF. El objetivo no es obtener la constancia, sino contar con la información correcta del RFC, que son datos que debemos tener en nuestra base, para futuras emisiones de facturación.

No es necesario que se proporcione la Constancia de Situación Fiscal, ya que el cliente o trabajador debe conoce sus datos, solo se necesita hacer una validación del RFC, dentro de la plataforma oficial del SAT, para asegurarnos que éste con el nombre de la empresa o persona, así como el código postal del domicilio fiscal.

CONSEJO: las empresas deben optar por estos procesos alternos de validación para tener una información completa de sus clientes.

¿Qué impuestos ambientales existen en México?

¿Qué impuestos ambientales existen en México?

A nivel federal no existe un impuesto al carbono, sin embargo, diversas entidades federativas han implementado en los últimos años alguno de los siguientes impuestos:

  • Impuesto a la Extracción de Materiales del Suelo, Subsuelo, Pétreos y Minerales
  • Impuesto de la Emisión de Gases a la Atmósfera
  • Impuesto de la Emisión de Contaminantes al Suelo, Subsuelo y Agua
  • Impuesto al Depósito o Almacenamiento de Residuos
  • Entidades federativas con impuestos ambientales

Zacatecas fue el primer estado en implementar los impuestos ambientales en México, desde entonces le han seguido las siguientes entidades:

  • Baja California
  • Campeche
  • Estado de México
  • Michoacán
  • Nuevo León
  • Oaxaca
  • Quintana Roo
  • Yucatán

Los impuestos ambientales pueden ser relacionados a:

  • Extracción de Materiales del Suelo y Subsuelo
  • Pétreos y Minerales
  • Impuesto de la Emisión de Gases a la Atmósfera
  • Impuesto de la Emisión de Contaminantes al Suelo
  • Subsuelo y Agua
  • Impuesto al Depósito o Almacenamiento de Residuos

Estados e impuestos con los que cuentan:

EstadoExtracción de Materiales del Suelo, Subsuelo, Pétreos y MineralesImpuesto de la Emisión de Gases a la AtmósferaImpuesto de la Emisión de Contaminantes al Suelo, Subsuelo y AguaImpuesto al Depósito o Almacenamiento de Residuos
Baja CaliforniaXX
CampecheX
CoahuilaX
Estado de MéxicoX
MichoacánX
Nuevo LeónXXXX
OaxacaX
Quintana RooX
YucatánXX
ZacatecasXXXX

Catálogo de Régimen Fiscal

Catálogo de Régimen Fiscal

El siguiente catálogo de CFDI incluye las principales claves de régimen fiscal para facturar.

Para poder asignar el régimen fiscal SAT al facturar electrónicamente se debe hacer desde el administrador de catálogos:

¿Cuál es el Régimen Fiscal?

Cada una de las diversas personalidades se desglosan los tipos de régimen fiscal SAT, los cuales se enlistan a continuación junto con las claves de régimen fiscal del catálogo:

Régimen de Personas Físicas

Clave de Régimen FiscalRégimen Fiscal SATDescripción
605Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a SalariosTrabajadores en general.
606ArrendamientoDueños de inmuebles en renta.
608Demás ingresosRegímenes que no se encuentran en estas claves.
611 Ingresos por Dividendos (socios y accionistas)Ingresos obtenidos por ganancias.
612 Personas Físicas con Actividades Empresariales y ProfesionalesEl régimen fiscal 612 son los servicios prestados por profesionales con título.
614  Ingresos por intereses
615 Régimen de los ingresos por obtención de premiosAplican al ganar en cualquier premio legalmente registrado.
616 Sin obligaciones fiscales
621 Incorporación FiscalEl régimen fiscal 621 se basa en la comercialización de bienes o servicios sin necesidad de tener títulos profesionales.
622 Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
629 De los Regímenes Fiscales Preferentes y de las Empresas Multinacionales
630 Enajenación de acciones en bolsa de valores

Régimen de Personas Morales

Clave de Régimen FiscalRégimen Fiscal SATDescripción
601General de Ley Personas MoralesEl régimen fiscal 601 es uno de los más utilizados puesto que entran la mayoría de las empresas.
603Personas Morales con Fines no LucrativosComo su nombre lo indica se utiliza en el coso de asociaciones o fundaciones.
607Régimen de Enajenación o Adquisición de BienesEmpresas dedicadas a la compra – venta de bienes inmuebles.
609ConsolidaciónTipo de sociedad que diversifica en un nuevo mercado.
620Sociedades Cooperativas de Producción que optan por Diferir sus Ingresos 
622Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras 
623Opcional para Grupos de SociedadesEn los casos especiales en los que el tipo de régimen no está especificado.
624CoordinadosEmpresas principalmente dedicadas al transporte terrestre (mercancías o personas).
628HidrocarburosEmpresas dedicadas a la comercialización de hidrocarburos.

Desde este administrador de catálogos se puede agregar o cambiar régimen fiscal SAT fácilmente, sin importar el programa de facturación electrónica que se utilice.

Es muy común confundir el régimen fiscal 612 y el régimen fiscal 621, por lo que la diferencia radica en los títulos profesionales.

Para el régimen 612 personas físicas con actividades empresariales y profesionales es necesario contar con un título profesional, incluyendo la expedición de recibos de honorarios como los médicos, arquitectos, psiquiatras, etc.

En el régimen 621 no es necesario contar con un título profesional, que incluye a pequeños negocios como una panadería, tortillería, etc. Además de contar con algunos privilegios fiscales.

La clave 601 general de ley personas morales se aplica a todas las empresas que comercialicen algún producto específico que no se encuentren en el listado de clave de régimen fiscal especial.

Obtener la Constancia de Situación Fiscal en línea

Obtener la Constancia de Situación Fiscal en línea

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente puso a disposición de los contribuyentes la nueva versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Los trabajadores pueden consultar sus datos fiscales en lo que comúnmente se conoce como Constancias de RFC (Constancia de Situación Fiscal o Cédula de Identificación Fiscal).

Para obtener el documento digital, los contribuyentes deberán ingresar a la página del SAT o ingresar a https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/53027/genera-tu-constancia-de-situacion-fiscal y realizar los siguientes pasos:

  1. Selecciona el botón “EJECUTAR EN LÍNEA”.
  2. Elige el medio de autenticación. Deberás tener a la mano tu RFC, contraseña de ingreso al portal del SAT y e.firma
  3. Registra los datos de autenticación.
  4. Da clic en el botón “Generar Constancia”.
  5. Descarga el documento en formato PDF. 

Constancia de Situación Fiscal a través de SAT ID

Los contribuyentes también podrán realizar este trámite a través de la aplicación “SAT ID” o ingresando a satid.sat.gob.mx.

Para hacer uso de esta herramienta, deberán seguir estos pasos:

  1. Selecciona la opción “Constancia de Situación Fiscal con CIF”.
  2. Ingresa tu RFC y correo electrónico personal.
  3. Escribe el texto de la imagen del código captcha que aparece en la pantalla.
  4. Captura el código de confirmación que te fue enviado a los medios de contacto registrados previamente y selecciona continuar.
  5. Adjunta o captura la foto de tu identificación oficial vigente con fotografía, por ambos lados y asegúrate de que la imagen sea clara.
  6. Graba un video pronunciando la frase que la aplicación te indique y asegúrate de que el video sea claro y la frase se escuche correctamente. 
  7. Revisa la solicitud de Constancia de Situación Fiscal con CIF con los datos que proporcionaste, así como las manifestaciones, en caso de estar de acuerdo, selecciona siguiente.
  8. Firma en el recuadro de manera autógrafa lo más parecido a tu identificación oficial. 
  9. Conserva la solicitud firmada que el aplicativo desplegará.
  10. Guarda el número de folio asignado, una vez que el trámite sea revisado recibirás una respuesta en los 5 días hábiles posteriores a su solicitud.

RESICO: Obtención de e.firma para personas físicas

RESICO: Obtención de e.firma para personas físicas

Los Artículos Transitorios de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 contemplan igualmente obligaciones que los contribuyentes deben acatar, por ejemplo, la de asalariados de habilitar su buzón tributario.

De la misma forma, el Artículo Transitorio Trigésimo Octavo establece el plazo de los contribuyentes personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para obtener su e.firma.

Límite para obtener e.firma


El Artículo Transitorio Trigésimo Octavo precisa a la letra que para efectos del RESICO de personas físicas, los contribuyentes deberán contar con e.firma activa a más tardar el 30 de junio de 2022.

En caso de que el contribuyente recientemente inicie actividades, se precisa que tendrán un plazo de más tardar 30 días naturales siguientes a la fecha en que iniciaron actividades para obtener este archivo.

Penas por no cumplir


El mismo precepto señala en su último párrafo que los contribuyentes que no cumplan la obtención de la e.firma, no podrán tributar en el RESICO. Para tales efectos, la autoridad fiscal podrá asignar al contribuyente el régimen fiscal que le corresponda.

Facilidad de emitir facturas sin e.firma hasta el 30 de junio


El Artículo Transitorio Décimo Sexto indica que las personas físicas del RESICO podrán pedir sus CFDI a través de las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”, haciendo uso de la facilidad de sellar el CFDI sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma o de un CSD hasta el 30 de junio de 2022.