La Clave del Producto es la clave asociada a un producto o servicio dentro del Catálogo de Productos y Servicios del SAT. Es obligación de los contribuyentes especificar la clave que le corresponda en toda factura emitida.
Es la descripción exacta de la mercancía vendida o el servicio profesional prestado que es motivo de emisión de un CFDI. Estas claves proporcionadas en el catálogo del Servicio de Administración Tributaria están compuestas de 8 números y cuentan con ciertos elementos que te ayudan a identificar fácilmente cuál debes utilizar.
Catálogo de Productos y Servicios SAT
La herramienta en línea del SAT te permitirá identificar la clave del producto o servicio que deseas facturar. Puedes ingresar al Catálogo de Productos y Servicios para realizar el procedimiento.
La identificación de la clave en el catálogo c_ClaveProdServ, es responsabilidad del emisor del comprobante, ya que es quién lo elabora y lo emite, además de que conoce perfectamente las características y la naturaleza del producto o servicio que brinda.
Cómo elegir la Clave del Producto o Servicio
Puedes buscarla en el Portal del SAT ayudándote de su buscador al ingresar una palabra que permita un resultado de identificación.
Elementos de la Clave del Producto o Servicio
El SAT lo pone un poco más fácil para evitar inexactitudes y ayudar a los contribuyentes a detectar su clave, y es mediante el seguimiento de unos pasos al llenar los siguientes elementos:
Tipo (Producto o Servicio)
División (giro general con el que te diste de alta)
Grupo (categoría del producto o servicio)
Clase (giro de tu negocio)
En el siguiente link, puedes buscar la clave asociada a tu producto o servicio, directamente en la página del SAT:
Toda la relacionada a los bienes o puntos de mercancías, ubicaciones de origen, intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan; ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o vial; y en su caso, incorporar la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.
Beneficios
• Identificar a detalle las mercancías para tener la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue.
• Conocer el origen y el destino de las mercancías, para los casos de verificación aleatoria que anticipa se a los riesgos o amenazas en el traslado.
• Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.
• Contar con elementos que verificarán las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
• Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su estancia legal y / o tenencia durante su traslado.
• Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.
Recuerda que:
Cuando traslades mercancías, debes ingresar previamente el CFDI con el complemento Carta Porte, así podrás acreditar su estancia legal y / o tenencia de las mismas durante el traslado, acompañándolas con el archivo digital o la representación impresa. La información que debes registrar en el complemento Carta Porte depende de los sujetos que intervienen en la operación, el medio de transporte y el tipo de CFDI (Ingreso o Traslado).
¿Quién tiene que formalizar?
El transportista efectivo: la persona, física o jurídica, a quien se le autoriza el servicio de transportar la mercancía. El cargador contractual: persona, física o jurídica, que contacta con el transportista efectivo, ya sea el cargador efectivo u otro transportista, un operador logístico, almacenista, una agencia. Cualquier persona que intermedie en la contratación del servicio.
¿Cuándo aplica la carta Porte?
Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional. El complemento Carta Porte inicia su vigencia el 30 de Septiembre de 2021 y es obligatorio transcurridos 120 días naturales posteriores al día siguiente del inicio de su vigencia.
¿Cuándo NO es necesaria?
Transportes de mudanza.
Transportes de vehículos averiados o accidentados.
Servicios de transporte de paquetería o similares.
¿Cuál es el contenido de la carta de porte?
Lugar y fecha de emisión
Nombre completo, NIF/CIF, y dirección del cargador y, en su caso, del expedidor.
Nombre completo, NIF/CIF, y dirección del porteador y, en su caso, del tercero que reciba las mercancías para su transporte.
Lugar y fecha de la recepción de la mercancía por el porteador.
Lugar y, en su caso, fecha prevista de entrega de la mercancía en destino.
Nombre y dirección del destinatario, (también domicilio para recibir notificaciones).
Naturaleza de las mercancías, número de bultos y signos y señales de identificación.
Identificación del carácter peligroso de la mercancía enviada, así como de la denominación prevista en la legislación sobre
transporte de mercancías peligrosas.
Cantidad de mercancías enviadas, determinada por su peso o expresada de otra manera.
Matrícula del vehículo utilizado en la realización del transporte. Cuando se trate de un conjunto articulado deberá hacerse
constar tanto la matrícula del vehículo tractor como la del semirremolque o remolque arrastrado por éste.
Clase de embalaje utilizado para acondicionar los envíos.
Precio convenido del transporte, así como el importe de los gastos previsibles relacionados con el transporte.
Indicación de si el precio del transporte se paga por el cargador o por el destinatario.
En su caso, declaración de valor de las mercancías o de interés especial en la entrega.
Instrucciones para el cumplimiento de formalidades y trámites administrativos preceptivos en relación con la mercancía.
El Visor de deducciones personales recientemente muestra la información correspondiente al ejercicio fiscal 2021.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente actualizó el Visor de deducciones personales, con la información correspondiente al ejercicio fiscal 2021.
¿Para qué sirve?
Para que las personas físicas revisen cómo se están precargando sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), para la declaración anual.
¿Cómo funcionan las deducciones?
Dependiendo de tu régimen fiscal o de tu nivel de ingresos, tendrás que pagar una tasa de impuesto sobre la renta (ISR). La tasa se aplica sobre la fracción de tus ingresos llamada base gravable. Las deducciones (previo cumplimiento de los requisitos fiscales) se restan a la base gravable, por lo que terminas por pagar menos impuestos.
Utilizar el Visor de Deducciones Personales
1.- Coloca en el buscador “Visor de Deducciones Personales”
2.- Click en “Declaraciones”
3.- Consulta el visor de deducciones personales
4.- Puedes acceder al visor, con tu RFC y contraseña o e.firma
Diferencias entre Unidad de Medida y Clave de Unidad de Medida
Estos conceptos están intrínsecamente relacionados y son requeridos en conjunto para el llenado de una factura electrónica.
Mientras la Unidad de Medida es la forma de medición, por ejemplo “kilogramo”, la Clave de la Unidad de Medida es la clave estandarizada que le acompaña (KGM para este mismo ejemplo).
Ambos elementos complementarios se consideran indispensables para expresar las condiciones de la operación efectuada. Su uso correcto ayudará a las autoridades hacendarias a reconocer la descripción del concepto.
Clave de Unidad de Medida es un código generado por el SAT que se encuentra dentro de su catálogo de referencia, el cuál debes emplear para la emisión de facturas, según la actividad o venta realizada.
Unidad de Medida del SAT es la especificación en el CFDI 3.3 sobre la unidad en que se mide el producto o servicio de la transacción.
¿Cuál es la Clave de Unidad que corresponde?
Su Clave dependerá entonces del Tipo de servicio y el giro del proveedor.
Catálogo de Unidades de Medida SAT de México
Es una guía para que sepas distinguir cómo categorizar el producto motivo del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en particular.
La siguiente es una selección de las claves más frecuentes detectadas por el SAT:
Tipo
Clave
Nombre
Múltiplos / Fracciones / Decimales
H87
Pieza
Unidades de venta
EA
Elemento
Unidades específicas de la industria (varias)
E48
Unidad de Servicio
Unidades de venta
ACT
Actividad
Mecánica
KGM
Kilogramo
Unidades específicas de la industria (varias)
E51
Trabajo
Diversos
A9
Tarifa
Tiempo y Espacio
MTR
Metro
Diversos
AB
Paquete a granel
Unidades específicas de la industria (varias)
BB
Caja base
Unidades de venta
KT
Kit
Unidades de venta
SET
Conjunto
Tiempo y Espacio
LTR
Litro
Unidades de empaque
XBX
Caja
Tiempo y Espacio
MON
Mes
Tiempo y Espacio
HUR
Hora
Tiempo y Espacio
MTK
Metro cuadrado
Diversos
11
Equipos
Mecánica
MGM
Miligramo
Unidades de empaque
XPK
Paquete
Unidades de empaque
XKI
Kit (Conjunto de piezas)
Diversos
AS
Variedad
Mecánica
GRM
Gramo
Números enteros / Números / Ratios
PR
Par
Unidades de venta
DPC
Docenas de piezas
Unidades de empaque
xun
Unidad
Tiempo y Espacio
DAY
Día
Unidades de empaque
XLT
Lote
Diversos
10
Grupos
Tiempo y Espacio
MLT
Mililitro
Unidades específicas de la industria (varias)
E54
Viaje
*En caso de no encontrar lo que buscas en este listado resumido, ingresa a la herramienta de búsqueda del SAT, sólo debes dar clic al botón “Ver más” para ubicar la clave adecuada*
La distinción entre estos conceptos en sencilla, las formas de pago indican cómo pagaste por un bien, mientras los Métodos de Pago expresan cuándo lo hiciste.
Es decir, que el método de pago dependerá si éste se realizó en un solo pago o en parcialidades.
a) Forma de pago: cómo se liquida la operación.
b) Método de pago: el momento en que la operación es liquidada.
¿Cuáles son las formas de pago del SAT?
La Forma de Pago del SAT refiere a la clave que el Servicio de Administración Tributaria atribuye para la forma específica de pagar en la facturación electrónica.
Las Formas de Pago son los distintos medios a través de los cuales se pueden pagar los productos adquiridos o servicios recibidos, esta transacción incluye las formas de pago convencionales, que es el efectivo, así como las formas de pago electrónicas, entre ellas las tarjetas de crédito.
Catálogo Formas de Pago de Facturación SAT
El SAT dispone de un listado con las distintas modalidades de pago. En él se describe minuciosamente la forma de pago, facilitándote la emisión del CFDI al categorizar mediante sus claves.
El cuál sirve para enlistar las opciones acordadas entre el receptor y el emisor del CFDI según la manera en que el primero llevará a cabo la liquidación correspondiente a la transacción.
Clave
Descripción
01
Efectivo
02
Cheque nominativo
03
Transferencia electrónica de fondos
04
Tarjeta de crédito
05
Monedero electrónico
06
Dinero electrónico
08
Vales de despensa
12
Dación en pago
13
Pago por subrogación
14
Pago por consignación
15
Condonación
17
Compensación
23
Novación
24
Confusión
25
Remisión de deuda
26
Prescripción o caducidad
27
A satisfacción del acreedor
28
Tarjeta de débito
29
Tarjeta de servicios
30
Aplicación de anticipos
31
Intermediario pagos
99
Por definir
Cómo indicar en la factura la forma y el método de pago
En el CFDI debes establecer el Método y la Forma de Pago:
Si la operación se liquidó en el momento de llevarse a cabo, deberás optar por PUE (Pago en Una sola Exhibición).
1.1 Elige la Forma de Pago correcta, a excepción del 30 (anticipo) y 99 (por definir).
Si se liquida con posterioridad, utiliza el PPD (Pago en Parcialidades o Diferido).
2.1 La clave de Forma de Pago que aplica en PPD debe ser 99 (por definir).
Significa registrar el uso qué le dará el receptor al comprobante fiscal, por lo que es muy importante que antes de emitir la factura a tu cliente, deberás consultar cuál será el uso de la factura y añadir la clave respectiva, ya que de ello dependerá su finalidad fiscal para aspectos de acreditamiento y deducción.
Es importante recordar que una vez emitido no podrá modificarse la clave o uso del CFDI, este apartado se encuentra en la primera sección del formulario.
¿Es obligatorio incluir el uso del CFDI?
Sí, ya que el Sistema de Administración Tributaria considera que la clave ayuda a categorizar el tipo de uso, para así tener un mejor manejo y administración de los CFDI.
Esto es aplicable en la versión de facturación 3.3, la más reciente actualización a las reglas de emisión de Comprobantes Fiscales Digitales, aplicable desde 2017, con la que se buscó reestructurar el esquema de facturación para mejorar los datos recabados por el SAT y facilitar a los contribuyentes el proceso de envío de datos.
Claves de Uso de CFDI
¿Se debe cancelar el CFDI cuando el receptor dará un uso diferente al señalado en el campo Uso CFDI?
No, no es motivo de cancelación o sustitución del CFDI cuando se tenga un uso distinto al timbrado en éste, y no afectará para su deducción o acreditamiento.
La agrupación de los usos de CFDI es:
Las claves «G» son para deducciones de costos y gastos para personas físicas y morales.
Las claves «I» para adquisición, tipo Ingreso, de inversiones de personas físicas y morales. Por ejemplo, las facturas, recibos de honorarios o recibos de arrendamiento.
Las claves «D» son para deducciones personales y deducción de donativos.
La clave «P» tipo Pago, para los CFDI’s que se emitan al público en general y para residentes en el extranjero.
La clave «E» de Egreso. Por ejemplo, las Notas de Crédito.
La clave «T» de Traslado, como la Carta Porte.
La clave «N» de tipo Nómina, por ejemplo los Recibos de Nómina de sueldos y salarios o Asimilados a salarios.
Catálogo de usos del CFDI
Los usos de CFDI 3.3 catalogados por el SAT y de los que debes echar mano para el llenado de tus facturas son los siguientes:
Clave
Uso de CFDI
G01
Adquisición de mercancías
G02
Devoluciones, descuentos o bonificaciones
G03
Gastos en general
I01
Construcciones
I02
Mobiliario y equipo de oficina por inversiones
I03
Equipo de transporte
I04
Equipo de cómputo y accesorios
I05
Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental
I06
Comunicaciones telefónicas
I07
Comunicaciones satelitales
I08
Otra maquinaria y equipo
D01
Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.
D02
Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
D03
Gastos funerales.
D04
Donativos
D05
Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación).
D06
Aportaciones voluntarias al SAR.
D07
Primas por seguros de gastos médicos.
D08
Gastos de transportación escolar obligatoria.
D09
Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones.
D10
Pagos por servicios educativos (colegiaturas)
P01
Por definir
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